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Proceso de Destrucciones en el SAE

Bienes que son materia de destrucción  

De acuerdo con la Ley para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público y su Reglamento, los bienes materia de destrucción son, entre otros: 

  • Los decomisados o abandonados relacionados con la comisión de delitos de propiedad industrial o derechos de autor
  • Los que por su estado de conservación no se les pueda dar otro destino
  • Los que se encuentren en evidente estado de descomposición, adulteración o contaminación
  • Productos o subproductos de flora, fauna silvestre y productos forestales plagados o que tengan alguna enfermedad
  • Aquellos respecto de los cuales la autoridad judicial o administrativa determinen que deban ser destruidos
  • Los que las Entidades Transferentes ponen a disposición del SAE para su destrucción. 

 

Servicio de Administración y Enajenación de Bienes 2016